¿Pueden divorciarse por tí? Si estás en coma o incapacitada, sí. Esta es la resolución, en pocas palabras, que sorprendió a propios y extraños hace unos día. “Los tutores legales pueden interponer una demanda de divorcio en nombre de la persona incapacitada a la que representan”, declaró la Sala Civil del Tribunal Supremo en una novedosa sentencia, de la que ha sido ponente la magistrada Encarnación Roca, quien precisó que los tutores podrán invadir la «esfera jurídica del incapaz» sólo cuando demuestren que actúan en defensa de los intereses de su protegido.

En concreto, leemos en el ABC,  la sentencia “da la razón a los padres de una mujer que, como consecuencia de un grave accidente de tráfico, quedó tetrapléjica y en coma vegetativo. Como tutores legales, primero solicitaron la separación de la hija y su marido; después, dieron un paso más al presentar la demanda de divorcio. El yerno se opuso.”  Puedes leer la notícia completa desde el enlace al diario.

Consultado nuestro abogado, Pau Viaplana, opina:

“El acto de contraer matrimonio es un acto personalísimo. No obstante, y pese a la complejidad del asunto que exige no tomarlo a la ligera, entendemos que la no admisión de la demanda de divorcio hubiera supuesto la vulneración de la tutela judicial efectiva de la incapacitada, cuyo interés superior es lo que se debe proteger por encima de todo.

Por ello, en la línea de lo apuntado por el Tribunal Supremo, entendemos acertado considerar legitimados a los padres tutores para presentar la demanda de divorcio, puesto que, sin ir más lejos, no tendría ningún sentido que el esposo pudiera obtener el divorcio en cualquier momento y, por el contrario, no pueda ahora solicitarlo la esposa a través de sus tutores.”

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